Preguntas y respuestas: Todo lo que hay que saber sobre la Ley de Dependencia

Aquí tens la traducció al castellà:
El pasado martes 25 de febrero se llevó a cabo una charla en línea sobre la Ley de Dependencia, en la que surgieron numerosas dudas y preguntas entre los participantes. Sabemos que este tema genera inquietudes y que se necesitan aclaraciones adicionales, por ello hemos recopilado las preguntas más frecuentes y las respuestas que ofrecimos durante la sesión.
En este artículo encontraréis una recopilación de toda esta información para ayudaros a comprender mejor la ley y sus aspectos clave.
¿Cuánto tiempo se tarda desde la visita del asistente social para establecer el PIA hasta que comienzan las prestaciones?
Depende. Es un trámite que se debe realizar y dependerá del momento y del contexto social y económico en el que nos encontremos. Actualmente, desde que se inicia el trámite hasta que se recibe la prestación, el tiempo estimado es entre 8 y 12 meses.
Una vez contestan la solicitud, ¿cuánto tardan en realizar la visita al domicilio?
Los plazos varían mucho en función del lugar de residencia y la saturación de la administración, por lo que no hay una fecha exacta.
Una vez te comunican el grado de dependencia, ¿qué ayudas tienes? Por ejemplo, en el ámbito económico…
- Prestación para persona cuidadora no profesional: Destinada a familiares o personas del entorno no profesionales que se encargan de la atención y cuidado de la persona dependiente. La persona cuidadora debe tener una relación de parentesco. Para los grados II y III, la persona cuidadora debe convivir con el dependiente; para el grado I, no es necesario.
- Prestación económica vinculada al servicio: Prestación económica para cubrir los gastos del servicio en un centro privado acreditado. Únicamente está destinada a la contratación del servicio.
- Prestación de asistencia personal: Prestación para contratar a una cuidadora personal durante unas horas determinadas. La persona debe tener formación y no puede ser un familiar.
¿Se puede elegir la empresa de SAD cuando te han otorgado el PIA?
Si elegimos la opción de prestación económica vinculada al servicio, podemos escoger entre el amplio abanico de empresas acreditadas por la administración.
¿Por qué algunas personas reciben el servicio de ayuda a domicilio (SAD) y otras reciben una prestación económica para contratar el SAD con una empresa?
La diferencia se debe, o bien al acuerdo al que se llega con la trabajadora social cuando se elabora el PIA, o bien a la imposibilidad de acceder al servicio público o concertado.
Mi madre tiene 88 años y le acaban de diagnosticar un inicio de Alzheimer. Aunque de momento es algo independiente, cada vez necesita más ayuda en el día a día. ¿Qué grado le correspondería?/ Pareja de 90 años que son bastante autónomos y viven juntos, pero tienen diversas enfermedades. ¿Podemos solicitar valoración y estar en el sistema por si su situación cambia?
El grado de dependencia se valora según los informes médicos disponibles y el nivel de autonomía. Si actualmente la persona tiene cierta independencia, pero es previsible que necesite ayuda en el futuro, se recomienda iniciar los trámites, ya que el proceso no es ágil. En el futuro, será más sencillo realizar una revisión de grado que iniciar el procedimiento desde cero.
¿Cuánto tardan en realizar la visita de la trabajadora social para la valoración?
No se puede concretar, ya que depende del contexto.
¿Cómo es el proceso para cambiar el grado de dependencia?
Es necesario solicitar una revisión de grado, un trámite similar a la solicitud inicial, adjuntando nuevos informes médicos que acrediten el estado de salud.
¿Qué ayudas existen los fines de semana?
En el caso del servicio de ayuda a domicilio (SAD), las horas son mensuales y se distribuyen a lo largo de la semana según las necesidades.
No me queda clara la diferencia entre la prestación económica vinculada al servicio y la de asistencia personal
- Prestación económica vinculada al servicio: Es una ayuda económica para cubrir los gastos de un servicio en un centro privado acreditado. Solo se puede utilizar para contratar servicios en empresas acreditadas.
- Prestación de asistencia personal: Es una ayuda para contratar a una cuidadora personal por unas horas determinadas. La persona debe tener formación y no puede ser un familiar. No es necesario que esté vinculada a una empresa; puede ser una persona autónoma.
¿Podrías explicar un poco más sobre la sensórica?
Existen relojes de localización, sensores de movimiento, cámaras de seguridad, aplicaciones móviles, etc. Estas herramientas tecnológicas permiten que la persona gane autonomía y, al mismo tiempo, proporcionan seguridad a los familiares y cuidadores.
Si, por ejemplo, a tu familiar le cuesta ponerse los calcetines y tú lo haces por él, con el tiempo dejará de realizar esa acción, perdiendo autonomía y afectando a su autoestima.
Es imprescindible que un profesional valore las capacidades y necesidades de la persona para prescribir el mejor producto de apoyo tecnológico y así mantener o mejorar su calidad de vida.
También es fundamental la formación en el uso de estos productos, ya que sin ella, la persona podría dejar de utilizarlos.
Si una persona recibe una prestación económica para cuidador familiar, ¿cómo se controla que realmente esté cuidando al dependiente?
Debe haber un seguimiento por parte de la trabajadora social para evaluar si las necesidades de la persona dependiente están realmente cubiertas.
¿Los Servicios Sociales contemplan el acompañamiento psicológico a los cuidadores?
Sí, existen grupos de apoyo para cuidadores y, en algunos casos, acompañamiento psicológico a través de los Servicios Sociales.
¿Puede una persona con grado 2 ingresar en una residencia o solo aceptan a personas con grado 3?
Sí, en las residencias públicas se puede acceder con grado 2 o 3 de dependencia.
¿A partir de qué cantidad de pensión de jubilación se debe hacer copago?
El copago se calcula en función de las rentas de la persona dependiente, pero las tarifas dependen del municipio. No hay una tarifa única.
¿Se puede ingresar temporalmente a una persona con grado 3 para que el cuidador descanse?
Sí, existe el recurso de Respir, que permite un ingreso temporal para que la persona cuidadora pueda descansar.
¿Es cierto que para solicitar la dependencia hay que haber residido 5 años en el territorio?
Sí, se debe haber residido en España durante al menos 5 años, de los cuales 2 deben ser inmediatamente anteriores a la solicitud.
Si eres cuidador familiar reconocido, ¿la ayuda tributa en la renta?
No, es una renta no contributiva.
¿La dependencia para menores incluye terapias?
No, la dependencia es un trámite genérico. Sin embargo, la prestación para cuidador familiar podría destinarse a terapias de manera privada.
¿Se puede solicitar una revisión si han denegado el grado de dependencia?
Sí, pero no se recomienda hacerlo de inmediato, ya que el resultado podría ser el mismo. Se aconseja esperar aproximadamente un año.
¿Cómo se justifica la prestación vinculada al servicio?
Con el certificado “modelo C”, que proporciona la empresa contratada.
¿Cada cuánto tiempo se puede solicitar la revisión del grado de dependencia?
Se recomienda esperar un año antes de solicitar la revisión.
¿El cuidador familiar debe vivir con la persona dependiente?
Para los grados 2 y 3, sí, y debe acreditarse con el padrón.
¿Para la prestación económica de un menor dependiente, se tiene en cuenta la renta de los padres?
Sí, para el copago se consideran los ingresos de la unidad familiar.
¿Es compatible recibir varias ayudas económicas?
No siempre. Por ejemplo, no es compatible recibir una prestación económica y el servicio de ayuda a domicilio (SAD).
¿Si alguien ya recibe SAD y decide irse a vivir con el dependiente, se le puede reducir la prestación?
No necesariamente. Sin embargo, si los ingresos cambian significativamente, podría revisarse el copago.
¿Existe SAD para personas jóvenes?
Sí, el SAD es un recurso para cualquier persona en situación de dependencia, independientemente de la edad.
¿A quién podemos pedir asesoramiento sobre este proceso?
A los trabajadores sociales de los Servicios Sociales, en el centro de salud (CAP) o en nuestra página web, donde podéis solicitar una cita gratuita.
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